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domingo, 21 de junio de 2020

CÓMO CELEBRAR LAS ASAMBLEAS GENERALES DE LAS COMUNIDADES DE MONTES, TRAS EL LEVANTAMIENTO DEL ESTADO DE ALMARMA EN GALICIA



Este artículo ha quedado obsoleto tras las nuevas disposiciones adoptadas por el Consello de la Xunta y la Consellería de Sanidad, dada la evolución de la pandemia del COVID-19 (21/10/2020)

En el DOG nº 115, de 13 de junio, se publicó el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 12 de junio sobre “medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad”.

Pues bien, aunque en dicho acuerdo no se establece un apartado específico relativo a la celebración de las asambleas generales de las Comunidades de montes vecinales en mano común, sí podemos extraer -de entre las que se relacionan el anexo de dicha orden- una serie de MEDIDAS DE HIGIENE Y PREVENCIÓN que se han de respetar para celebrar una asamblea general de comuneros:


1º.- MEDIDAS GENERALES DE HIGIENE Y PREVENCIÓN:

1.1.- Proceder a la limpieza con desinfectantes y ventilación del local social, tanto antes como después de la celebración de la asamblea general.


1.2.- Instalar un Dispensador de gel hidroalcohólico, al menos, a la entrada del local social.


1.3.- Colocar también papeleras para pañuelos y material desechable.



2º.- MEDIDAS RELATIVAS AL AFORO:

2.1.- Se deberá organizar las entradas y salidas de comuneros al local social, para evitar aglomeraciones de personas en los accesos e inmediaciones a dicho local.


2.2.- Cuando el local social disponga de dos o más puertas, se procurará establecer una para la entrada y otra para la salida.


2.3.- La apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acce­so escalonado de los comuneros.


2.4.- La salida de los comuneros deberá realizarse también de forma escalonada por zonas, garantizando la distancia entre personas.

2.5.- Los comuneros asistentes deberán utilizar la mascarilla durante todo el tiempo de circulación entre espacios comunes y en los momentos de entrada y salida del local social, así como cuando no se pueda garantizar la distancia mínima de seguridad interpersonal de 1,5 metros.


2.6.- Finalmente, dentro del apartado 3.33 del anexo del citado Acuerdo del Consello de la Xunta, se establecen unas MEDIDAS ESPECÍFICAS, que se pueden entender aplicables a la celebración de las asambleas generales de las Comunidades de montes, a saber:

A).- LÍMITE DE AFORO:

No se podrá superar el 75% del aforo del local social y hasta un máximo de 300 personas, si bien, si la reunión se celebra al aire libre el máximo será de 1.000 personas.


2.2.- DISTANCIA DE SEGURIDAD INTERPERSONAL:

Durante la celebración de la asamblea, deberán establecerse las medidas necesarias para procurar que los comuneros mantengan la distancia mínima de 1,5 metros de seguridad interpersonal o, en su defecto, deberán utilizar la mascarilla.


Vigo, 21 de junio de 2020