© Cristina Bugarín González es una abogada especializada en montes vecinales en mano común, con despacho profesional en C/ República Argentina nº 24 - 6ºB, VIGO; T/ 986 173 890; e-mail: crisbugarin@gmail.com (AVISO: El contenido del presente Blog es propiedad de su autora, quien tiene reservados todos los derechos)
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miércoles, 29 de diciembre de 2021
¿LAS COMUNIDADES DE MONTES ESTÁN OBLIGADAS A SOPORTAR UN PARQUE EÓLICO EN SU MONTE VECINAL?
lunes, 13 de diciembre de 2021
¿SE PUEDEN REALIZAR PERMUTAS DE MONTE VECINAL EN DOCUMENTO PRIVADO?
Últimamente he tenido varios clientes que pretenden hacer la permuta de monte vecinal en documento privado, unos por motivos fiscales y otros para ahorrar el tiempo que lleva hacer la permuta en documento público.
Pues bien, los contesto que NO, que no cabe hacer la permuta en documento privado, primero porque es preciso controlar que la finca que se entrega a la Comunidad en permuta sea colindante con el monte vecinal y que el valor de esta finca y el trozo que se pretende permutar tienen valor similar.
Efectivamente, el Servicio de montes es el órgano al que debemos dirigirnos- antes de otorgar la escritura permuta- a fin de que otorgue informe favorable a la permuta que pretendemos realizar.
Pues bien, lo que va a controlar el Servicio de montes son tres extremos:
1º).- Que la finca particular que se va entregar en permuta a la Comunidad de monte que colinda con el monte vecinal.
2º).- Que la finca y el trozo de monte vecinal son de valor similar, es decir si el trozo de monte que se va a permutar está calificado en el PXOM correspondiente como suelo urbano o suelo industrial, la finca de terreno rústico que se va a entregar en permuta no puede tener los mismos metros que la parcela de monte vecinal que se va a entregar en permuta.
3º) Que la configuración de fincas particulares que se van a entregar en permuta, se corresponda exactamente con la que aparece en el Catastro. Éste es el requisito más difícil de cumplir, dadas las deficiencias que todos sabemos que adolece el Catastro.
Una vez cumplidos los tres requisitos antes descritos, se ha te otorgar la Escritura particular de permuta en el plazo de 2 meses, de la que se ha de remitir una copia al Jurado de montes vecinales en mano común.
En definitiva, como he expuesto al principio de este artículo, no cabe otorgar la permuta de monte vecinal en documento privado.
Vigo, 13 de diciembre de 2021